Consejo Directivo
Período 2022 - 2026
Javier Álvarez
Director Ejecutivo
Dora Emely Ventura
Directora Académica
Graciela Gómez
Directora de investigación
Bladimir Flores
Director Adjunto
Jorge Rivero
Presidente del Directorio
Estatutos de la Academia Diplomática
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Denominación
ART. 1 Con la denominación de Academia Diplomática, que podrá distinguirse con la sigla “AD”, se constituye la presente organización que se regirá por lo dispuesto en este estatuto y las normas de Derecho Internacional que le sean aplicables.
Misión
ART. 2 La AD tendrá como misión: preparar personal de alto nivel académico y técnico en materia de diplomacia corporativa en beneficio de la Federación Internacional de Superación Humana y sus organizaciones asociadas.
Objetivos
ART. 3 La AD tendrá como objetivos:
a) Organizar e impartir cursos sobre temas de actualidad a nivel mundial
b) Celebrar conferencias y seminarios con la participación de especialistas internacionales
C) Realizar diversas actividades de difusión de la política exterior y las relaciones internacionales de FISH.
ART. 4 Los objetivos específicos serán los siguientes:
a) Desarrollar un sistema de información entre los miembros de la AD.
b) Facilitar el acceso a medios de difusión de la AD para dar a conocer su marca y servicios profesionales.
c) Organizar y promover programas de capacitación y educación continua, fomentando el intercambio de experiencias y recursos disponibles de sus miembros.
CAPITULO II – DE LOS MIEMBROS
ART. 5 La AD estará integrada por los miembros del cuerpo diplomático que hayan egresado de sus aulas. Su permanencia en la AD estará condicionada a la participación activa en sus actividades y al cumplimiento de su código de ética.
ART. 6 La incorporación a la AD será voluntaria.
CAPITULO III – DE LA ESTRUCTURA ORGANICA
ART. 7 La estructura orgánica de la RMC estará conformada por:
a) El Fundador
b) El Consejo Directivo
c) El cuerpo diplomático
El Fundador
ART. 8 El Fundador es la máxima autoridad de la AD. Es propietario del dominio www.academiadiplomatica.com. Es quien ejerce la Presidencia del Directorio.
ART. 9 El Fundador nombra al Director Ejecutivo de la AD y en común acuerdo con dicha persona nombra a los demás integrantes del Consejo Directivo.
Del Consejo Directivo
ART. 10 El Consejo Directivo se reunirá por lo menos una vez cada año en persona o mediante el uso de la tecnología.
ART. 11 El Consejo Directivo estará conformado por 5 personas: El Fundador, que ejerce las veces de Presidente del Directorio, el Director Ejecutivo, el Director de Capacitación, el Director de Investigación y el Director adjunto.
ART. 12 El Consejo Directivo podrá ser convocado en situaciones de emergencia a petición de la mitad más uno de sus miembros y tratará sólo los temas incluidos en la agenda.
ART. 13 El Consejo Directivo tendrá como cometidos:
a) Definir las estrategias y prioridades de la AD.
b) Aprobar los planes de acción para cada año.
ART. 14 Las citaciones para las reuniones del Consejo Directivo se efectuarán con un mínimo de una semana de anticipación y se realizarán por medio del Director Ejecutivo. En las citaciones debe incluirse: fecha, lugar, hora y la propuesta de agenda.
ART 15 Las funciones de los miembros del cuerpo diplomático son:
• Representación: Representar a su país en las actividades protocolares, elección de sede, actividades de trabajo, encuentros, que se realizan en el transcurso del año a través de la AD.
• Promoción y Difusión: Promover los eventos y actividades que realiza la AD en su país en coordinación con el Consejo Directivo de la AD.
• Publicidad a través de su red social compartiendo e etiquetando los anuncios publicitarios.
• Gestión: Coordinar las inscripciones y matrículas en su país para que las personas de su país puedan acceder a los programas de la organización.
• Protocolo: Es el encargado de recibir algún directivo o representante de la AD cuando visiten su país por diferentes motivos ya sea promoción de algún evento o alguna actividad a realizar.
• Acreditación y Certificación: Es el encargado de gestionar todos los procesos de entrega de certificados trabajando en conjunto con la AD.
CAPITULO IV – DE LAS DECISIONES
ART. 16 Las decisiones del Consejo Directivo se tomarán por mayoría simple del total de sus miembros.
CAPITULO V – REFORMA DEL ESTATUTO
ART. 17 La reforma total o parcial del Estatuto deberá realizarse por el Consejo Directivo convocado a tal efecto. Toda modificación propuesta deberá ser aprobada por la totalidad los miembros del Consejo Directivo.
CAPITULO VI FINANCIAMIENTO
ART. 18 Las actividades de la AD podrán ser financiadas únicamente por medio de:
a) Fondos gestionados por el desarrollo de eventos y actividades propias.
b) Donaciones.